Al contratar un seguro, ya sea de vehículos, de hogar o médico por ejemplo, conviene fijarnos en si incluye la cobertura de Defensa jurídica ya que la podremos utilizar a la hora de reclamar ante casi cualquier conflicto que se nos planteé, cubriéndonos así los gastos de abogado, honorarios y tasas, así como asistencia y asesoramiento judicial para reclamar.
Son muchos los casos en los que se necesita habitualmente asesoramiento judicial para interponer una denuncia o reclamación y es fácil olvidarse de que este servicio lo tenemos ya contratado y pagado con el seguro, no necesitando por tanto realizar gastos contratando un abogado por nuestra cuenta.
¿Qué es el seguro de Defensa jurídica?
La Defensa jurídica es una cobertura que en caso de estar incluida en las condiciones de la póliza contratada, obliga a la aseguradora a prestar servicios de asistencia jurídica y judicial para el asegurado, así como a hacerse cargo de los gastos que ello conlleve, como pueden ser los honorarios de un abogado y tasas, siempre dentro de los límites establecidos en el contrato.
¿Qué cubre de forma general la Defensa jurídica?
Las coberturas de la Defensa jurídica varían mucho de unas compañías a otras. Sin embargo, hay algunos riesgos que generalmente están cubiertos, como son los que indicamos a continuación:
A pesar de todos los riesgos que cubre descritos en el punto anterior, esta cobertura de Defensa jurídica tiene sus límites, por lo que a la hora de contratarla o incluirla en póliza, debemos fijarnos por ejemplo en:
Noticia extraida de: www.preguntasfrecuentes.net
Son muchos los casos en los que se necesita habitualmente asesoramiento judicial para interponer una denuncia o reclamación y es fácil olvidarse de que este servicio lo tenemos ya contratado y pagado con el seguro, no necesitando por tanto realizar gastos contratando un abogado por nuestra cuenta.
¿Qué es el seguro de Defensa jurídica?
La Defensa jurídica es una cobertura que en caso de estar incluida en las condiciones de la póliza contratada, obliga a la aseguradora a prestar servicios de asistencia jurídica y judicial para el asegurado, así como a hacerse cargo de los gastos que ello conlleve, como pueden ser los honorarios de un abogado y tasas, siempre dentro de los límites establecidos en el contrato.
¿Qué cubre de forma general la Defensa jurídica?
Las coberturas de la Defensa jurídica varían mucho de unas compañías a otras. Sin embargo, hay algunos riesgos que generalmente están cubiertos, como son los que indicamos a continuación:
- Los gastos necesarios para reclamar indemnizaciones por los daños que el asegurado haya sufrido en su persona y bienes, y que estén fuera de una relación de contrato.
- Las reclamaciones en el ámbito de la vivienda (como por ejemplo obras de reparación y mantenimiento, cuestiones de comunidad, , actividades molestas, etc.). Las pólizas de hogar son las que generalmente incluyen más coberturas de este tipo.
- Los conflictos por problemas de consumo (compraventa de bienes, contratos de suministros, y otros servicios diversos…).
- La defensa penal del asegurado (siempre que no haya incurrido en mala fe), y también en un pleito civil, aunque la responsabilidad civil y su defensa suele estar cubierta por un seguro específico. Lo único es que si se trata de infracciones administrativas, la cobertura suele ser muy básica.
- Reclamaciones en temas laborales, en la que se incluye la defensa y reclamación del asegurado como trabajador y conflictos relacionados con el servicio doméstico.
- En algunos casos cubre también cuestiones fiscales, aunque suele ser limitada (por ejemplo, defienden en reclamaciones sobre el IRPF y el Impuesto de Patrimonio, pero no suelen tramitar otros tributos como pueden ser de tráfico, municipales, IVA, sucesiones..etc.
- No se suelen cubrir las reclamaciones contra entidades financieras, ni tampoco las cuestiones relativas a derecho de familia.
A pesar de todos los riesgos que cubre descritos en el punto anterior, esta cobertura de Defensa jurídica tiene sus límites, por lo que a la hora de contratarla o incluirla en póliza, debemos fijarnos por ejemplo en:
- Si tiene franquicia
- Si figura una clausula como es que la compañía puede negarse a prestar sus servicios al asegurado si consideran que el proceso es inviable. Esta clausula es bastante habitual que la incluyan y podría considerarse abusiva por parte de la compañía.
- Cuáles son los límites en el pago de los honorarios de un abogado y si éste se puede elegir libremente
Noticia extraida de: www.preguntasfrecuentes.net